¿QUÉ SON LAS FICHAS TOXICOLÓGICAS?
Es el medio para transmitir la información requerida y en el formato establecido por el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF). Las fichas toxicológicas incluyen datos como nombre comercial, clasificación, composición cuantitativa, etiqueta, FDS, etc.
¿ESTOY OBLIGADO A NOTIFICAR LAS FICHAS TOXICOLÓGICAS?, ¿DESDE CUÁNDO?
En España, desde el momento en que aplique el reglamento CLP estoy obligado a notificar las fichas toxicológicas al INTCF, aunque lo esté haciendo antes del plazo límite del 01 de Junio de 2015.
¿LA NOTIFICACIÓN DE LAS FICHAS TOXICOLÓGICAS EN ESPAÑA AL INTCF ES YA VÁLIDA PARA TODOS LOS PAÍSES DE LA UE?
No.
Existe un proyecto de unificación europeo pero aún no está definido. De momento cada estado miembro aplicará el artículo 45 del CLP de forma independiente. En España el procedimiento de notificación está regulado por la Orden JUS/836/2013.
¿QUÉ PRODUCTOS QUEDAN EXCLUIDOS DEL PROCEDIMIENTO DE NOTIFICACIÓN Y ELABORACIÓN DE FICHA TOXICOLÓGICA?
Los que están exentos por el artículo 1 del Reglamento CLP y aquellos que son excluidos por el artículo 45:
- Mezclas no comercializadas (muestras, ensayos, productos intermedios,…)
- Mezclas comercializadas que sólo son peligrosas para el medio ambiente o no clasificadas como peligrosas.
Artículo 45
- Los Estados miembros designarán los organismos responsables de recibir, de los importadores y usuarios intermedios que comercialicen mezclas, la información pertinente, en particular, para la formulación de medidas preventivas y curativas, en particular para la respuesta sanitaria en caso de urgencia. Dicha información incluirá la composición química de las mezclas comercializadas y clasificadas como peligrosas debido a sus efectos sobre la salud humana o a sus efectos físicos, así como la identidad química de las sustancias presentes en mezclas para las cuales la Agencia ha aceptado una denominación química alternativa con arreglo al artículo 24.
- Confidencialidad: respuesta de orden médico y análisis estadísticos para evaluación de riesgos.
- Armonización la información (EAPCCT)
El pasado 1 de junio de 2017, finalizó el segundo plazo de notificación de las fichas toxicológicas al INTCF, correspondiente a las mezclas no incluidas en la primera fase de notificación que tenía como límite el 1 de enero de 2016. Para más información, puedes consultar la siguiente noticia, donde encontrarás información relativa a los plazos de notificación, o el artículo sobre fichas toxicológicas, con datos detallados sobre el tema.