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REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2020/11 de la Comisión

El pasado 10/enero se publicó el REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2020/11 de la Comisión.

El  REGLAMENTO (UE) 2017/542 DE LA COMISIÓN de 22 de marzo de 2017, el cual regula el procedimiento de notificación armonizada europea a los centros de asistencia toxicológica, se integra en el reglamento (CE) nº 1272/2008 (CLP) como su anexo VIII. La comisión propuso algunas modificaciones a este reglamento que fue aceptado por el CARACAL (grupo de expertos en CLP) y adoptado por La Comisión como ACTO DELEGADO, ahora publicado como REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2020/11. Entre estas modificaciones, la más relevante consiste en el aplazamiento de la primera fecha de cumplimiento del Anexo VIII (notificación armonizada a los centros de toxicología), para mezclas destinadas a consumidores, del 1 de enero de 2020 al 1 de enero de 2021. Además de esta modificación principal, existen otras muchas, de las cuales queremos destacar las siguientes:

  • Se eliminan las fragancias como identificadores de producto genéricos.
  • Se añade la posibilidad de indicar datos distintos a los del remitente como «punto de contacto”.
  • Incluye la posibilidad de que el UFI se coloque directamente en el envase.

En el siguiente link pueden encontrar el texto íntegro del Reglamento.