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Éxito de asistencia en el Webinar “Novedades ADR 2021”

El pasado 20 de julio impartimos nuestro Webinar sobre las novedades que presenta el ADR en 2021, de la mano de Raúl Moreno Castello, Responsable de mercancías peligrosas en AIDIMME, colaborador de eQgest. 

Una sesión que sirvió para dar a conocer las principales novedades que presenta el ADR y de obligado cumplimiento desde el 1 de junio de 2021

El ADR es muy extenso y cubre muchas áreas relacionadas con el transporte, carga y descarga de mercancías peligrosas. Es por eso, que en la sesión se abordaron las novedades más relevantes y que toda empresa que trabaje con mercancías peligrosas debe cumplir como por ejemplo: Los nuevos números ONU, cambios que implican a las cartas de porte, novedades de embalaje y todos los cambios que presenta el ADR. 

Una sesión con fines informativos para aclarar todas aquellas dudas que puedan surgir a raíz de estas novedades y garantizar su correcto cumplimiento.  

Agradecemos la gran asistencia y participación en el Webinar con vuestras aportaciones y preguntas y el excelente trabajo de Raúl Moreno con quien estamos encantados de colaborar. No obstante, si todavía te surgen algunas incertidumbres puedes contactar con nosotros sin ningún compromiso. 

También recordamos que eQgest incorpora un módulo ADR que te permite generar toda la documentación necesaria para el transporte de mercancías peligrosas (carta de porte, carta de porte multimodal, instrucciones escritas, informes de cantidades limitadas y lista de comprobaciones), de forma fácil y sencilla, cumpliendo siempre con la legislación vigente. Puedes solicitar más información en: info@eqgest.com.  

reglamento adr 2017

Publicado el Reglamento ADR 2017

Os comunicamos que el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado, las Enmiendas a los Anejos A (Disposiciones generales y disposiciones relativas a las materias y objetos peligrosos) y B (Disposiciones relativas al material de transporte y al transporte) del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR 2017), que será de obligado cumplimiento a partir del próximo 1 de julio de 2017.

Para más información, podéis acceder al documento completo a partir de este enlace.

Novedades ADR: se publica el nuevo acuerdo relativo al documento de transporte en operaciones de venta en ruta

El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación ha publicado el acuerdo multilateral M 300, suscrito por España, debido a la aplicación de la sección 1.5.1 del Acuerdo Europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera (ADR), relativo al documento de transporte en operaciones de venta en ruta.

Este acuerdo entró en vigor el 11 de julio de 2016 y es válido hasta el 12 de mayo de 2021, a no ser que alguno de los signatarios lo revoque dentro del periodo vigente. En este caso, sólo se aplicaría en los transportes que se lleven a cabo dentro del territorio de las Partes Contratantes.

Respecto al contenido del nuevo acuerdo, cabe destacar que da la opción de mencionar “VENTA EN RUTA” en lugar del nombre y la dirección del destinatario, una excepción sólo aplicable a materias concretas que se distribuyen a múltiples destinatarios, las cuales no pueden identificarse antes de realizar el transporte. Otra cosa a tener en cuenta es que el expedidor también deberá añadir “Transporte conforme a los términos de la sección 1.5.1 del ADR (M300)” en el documento de transporte.

Para conocer los detalles del Acuerdo Multilateral M 300, acceda al [Boletín Oficial del Estado].

Agrifood AT organiza una Jornada Técnica en colaboración con eQgest

Los próximos 9 y 10 de junio, eQgest estará presente en la Jornada Técnica que Agrifood AT organiza en Madrid, dando apoyo a la formación continua del sector.

Las sesiones se dirigen a profesionales de la nutrición animal que desarrollan su tarea en las áreas de formulación, racionamiento, aprovisionamiento y compra de materias primas, producción de piensos o premezclas, y control de calidad y etiquetado. eQgest llevará a cabo las sesiones centradas en el cumplimiento de las normativas REACH, CLP y ADR. Las sesiones tendrán lugar en las Aulas de la Escuela de Ingenieros Agrónomos, ubicadas en la Universidad Politécnica de Madrid.

Conscientes de la responsabilidad que tienen nuestros clientes, la inversión en formación de los profesionales es una de las principales apuestas de eQgest.

Descarga del programa de formación en soluciones Brill®. eQgest® y Productos Agrifood.

Más información en www.agrifoodat.com

Las fritas cerámicas, innovación y legislación

Tendencias en el sector cerámico

En el contexto de las Smart Cities, un estudio revela un incremento de oportunidades de mercado para la industria del hábitat, siendo el sector del producto cerámico, uno de los que más invierte en I+D+i.

La innovación en materiales funcionales contribuye a que las ciudades inteligentes se adapten a los requerimientos actuales de sostenibilidad y conectividad. Por ejemplo, Barcelona o Tokio son algunas de las ciudades que utilizan cerámicas inteligentes, con propiedades fotocatalíticas, autolimpiables y antibacterianas, incluso, capaces de purificar el aire.

En 2014, España lideró la producción europea de baldosas cerámicas y quedó en segundo lugar en las exportaciones internacionales, estamos hablando del tercer sector que crea mayor superávit en España.

En 2016, tendrá lugar el congreso bianual Qualicer’16 en Castellón, uno de los eventos más relevantes, a nivel internacional, para el mundo de la cerámica, un sector dinámico y potente que requiere actualización constante.

Sin duda alguna, la evolución del producto cerámico ha hecho que la industria de fritas, esmaltes y colores cerámicos se ponga las pilas, para cubrir las necesidades de materias primas elaboradas del sector, pero, también, para ofrecer soluciones tecnológicas y servicios de valor añadido, en un contexto como el actual.

Definición de la materia

Para la obtención de las fritas, se mezclan diversas materias primas (óxidos inorgánicos, generalmente), se funden a altas temperaturas (alrededor de 1.500ºC) y la nueva sustancia vidriosa resultante se enfría rápidamente, mediante agua o rodillos de enfriamiento. Durante este proceso, los elementos metálicos quedan inmovilizados dentro de la estructura amorfa de la sustancia resultante. La nueva sustancia puede presentarse en forma de polvo, como suspensión o directamente como granulado.

Según el Inventario Europeo de Sustancias Químicas Existentes, la sustancia se identifica como: fritas, productos químicos; EC #: 266-047-6; CAS: 65997-18-4.

Marco legislativo

La expansión del sector de las fritas cerámicas y el desarrollo tecnológico establecen un nuevo marco en el que la seguridad y la protección del medio ambiente adquieren gran importancia.

En 2007 entró en vigor en Reglamento europeo REACH (Registro, Evaluación y Autorización de Productos Químicos), cuyo propósito es obligar a los productores, importadores y usuarios intermedios a garantizar que únicamente fabrican, importan, comercializan o usan sustancias que no afectan negativamente a la salud humana o al medio ambiente. La publicación del Estudio de clasificación de las fritas cerámicas fue determinante para que en 2008 se publicara el Anexo V, que excluye la mayor parte de las fritas de este reglamento. El estudio demuestra que la frita es una sustancia en si misma y que el 90-95% de las fritas producidas no son peligrosas para la salud humana ni para el medio ambiente, al tratarse de un material vitrificado y, por tanto, inertizado4.

En un porcentaje menor, algunas composiciones de fritas incluyen elementos peligrosos en la composición de la materia prima. Estos metales pueden mostrar biodisponibilidad en la masa final, lo cual puede suponer riesgos. El Reglamento CLP y la Directiva 67/548 / CEE nos ayudan a prevenir estos riesgos.

El CLP es el nuevo reglamento europeo sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas químicas. La legislación introduce en la Unión Europea un nuevo sistema para clasificar y etiquetar productos químicos que está basado en el Sistema Globalmente Armonizado de las Naciones Unidas (SGA de la ONU).

Sinergia en el sector de las fritas

Desde 2009, el Consorcio de Fritas vela por el cumplimiento de los requisitos que establecen los Reglamentos REACH y CLP para el pre-registro y el registro de las fritas y otras sustancias químicas. (EC 266-047-6 CA 65997-18-4). Los miembros del Consorcio de Fritas han elaborado un sistema de clasificación interno con el fin de agrupar las fritas en diferentes categorías, tanto a efectos de CLP como de ADR. Los criterios que se han seguido a la hora de desarrollar este sistema se basan en los elementos que contienen las fritas, la información disponible y la tipología de la frita.

El Consorcio se encuentra en Castellón, uno de los centros de producción más importantes a nivel mundial de este sector. Actualmente, el consorcio está formado por 36 sociedades (que constituyen los Miembros Regulares) y empresas afiliadas (entre las que se encuentran los mayores productores/importadores de fritas europeos).

En este organismo también está representado el Foro de Intercambio de Información sobre Sustancias (SIEF), que facilita el registro de una sustancia compartiendo datos sobre sus propiedades específicas y evita duplicidades en los estudios que se lleven a cabo. Los miembros del SIEF también deben acordar la clasificación y etiquetado de la sustancia en la medida de lo posible. Otras compromisos del Consorcio son compilar y evaluar estudios, proponer nuevas investigaciones, analizar la seguridad de las fritas, establecer consenso en la clasificación y etiquetado o desarrollar una clasificación de transporte para las fritas registradas, entre otros.

Soluciones para la industria

En un entorno cambiante, como el que hemos descrito, soluciones como eQgest, el software especializado en la clasificación de sustancias químicas, etiquetado y realización de fichas de seguridad / ADR, es la herramienta idónea para que las empresas del sector de las fritas cerámicas cumplan con la normativa vigente con rigor, rapidez y máxima eficiencia, de forma sencilla.

eQgest incorpora una utilidad que facilita la asignación del tipo correcto de frita en base a la composición en óxidos de la misma o, cuando así sea, a la mezcla de otros productos ya caracterizados en el sistema como fritas. El programa se actualiza frente a cualquier cambio de normativa y legislación, de modo que todos sus usuarios tienen garantizada una gestión segura y eficaz.

Más información en www.eqgest.com

Modificaciones de las clasificaciones armonizadas en la normativa CLP

Los cambios normativos que entraron en vigor el pasado 1 de junio en la reglamentación CLP, tenían algunos cambios aplicables con anterioridad a esta fecha. Entre ellos estaba una parte correspondiente a las clasificaciones armonizadas de sustancias, que debía aplicarse a partir del día 1 de abril. Su entrada en vigor fue aplazada hasta el 1 de enero de 2016.

Este cambio, fruto de un periodo transitorio hasta su aplicación bastante más corto que el de anteriores adaptaciones al progreso técnico y científico, fue anunciado con pocos días de antelación, el 24 de marzo de 2015, mediante la publicación del Reglamento 491/2015/UE.

Esta moratoria hace referencia a la eliminación de una sustancia, la modificación de nueve de ellas y la adición de 13 más a las tablas de clasificaciones armonizadas del Reglamento CLP (en concreto la 3.1 y 3.2). En el siguiente enlace se puede descargar el documento PDF con las tablas que incorporan los cambios citados. Esta modificación puede afectar en el caso de que sea utilizada alguna de las sustancias enumeradas en alguna fase de la cadena de producción.

El reglamento CLP, que en lo que a mezclas se refiere es de obligado cumplimiento desde el 1 de junio de 2015, conlleva algunas moratorias para ciertos productos comercializados hasta el 31 de mayo, por un lado, y ésta sobre las clasificaciones armonizadas de sustancias, en concreto el artículo 1.3 del Reglamento 605/2014/UE (ATP 6 del CLP).

eQgest, el software especializado en la clasificación de sustancias, etiquetaje y realización de fichas de seguridad / ADR, es la herramienta idónea para adaptarse al nuevo reglamento CLP sin problemas, cumpliendo con toda la legalidad de las nuevas normas.

El programa se actualiza frente a cualquier cambio de normativa y legislación, de modo que todos sus usuarios tienen garantizada una gestión segura y eficaz. Dado que del CLP se derivan unas obligaciones similares a las establecidas en la legislación anterior, eQgest es una garantía de que se cumple la normativa gracias a los servicios integrados en su interfaz.

La revisión del sistema de clasificación ya está disponible en la nueva versión del software, que incorpora los contenidos modificados que entrarán en vigor el 1 de enero de 2016. Así no habrá que esperar a esa fecha para disponer de esta actualización.

CLP: el reglamento establece una excepción sobre los productos de cosmética

El reglamento CLP, que será de obligado cumplimiento para mezclas el 1 de junio de 2015, establece una excepción sobre los productos de cosmética. Sin embargo, esta excepción solo será aplicable a «las mezclas en la fase de producto terminado». Por tanto, los productos intermedios o los acabados que no estén todavía en su estado final de comercialización sí deben cumplir con este reglamento. En consecuencia deben ser etiquetados adecuadamente y disponer de la preceptiva Ficha de Datos de Seguridad.

El obligado cumplimiento del CLP afecta a las categorías de peligrosidad, lo que implica, por ejemplo, la aparición de nuevos pictogramas (cambios en su forma, colores y tamaño) y advertencias en el etiquetado. El conocimiento de los cambios a medida que se anuncia su aplicación permite informar a los usuarios adecuadamente para evitar alarmarlos innecesariamente.

eQgest proporciona la ayuda necesaria para adaptarse a la normativa CLP de una manera fácil y segura. Es un software específico para el sector con más de 15 años de experiencia, que genera automáticamente toda la documentación que la legislación exige.

eQgest es una herramienta que se actualiza frente a cualquier cambio de normativa, de modo que todos sus usuarios tienen garantizado un uso seguro y eficaz. Dado que del CLP se derivan unas obligaciones similares a las establecidas en la legislación anterior, aunque con importantes diferencias en los criterios de clasificación, su cumplimiento es inexcusable.

Los productos fabricados y comercializados antes del 1 de junio de 2015 podrán mantener el etiquetado según las directivas 67/548/CEE y 1999/45/CE hasta el 1 de junio de 2017. Esta excepción supone que en el mercado coexistirán, durante un periodo de dos años, productos etiquetados con las dos normativas. Pasada esa fecha solo estará permitido el reglamento CLP, por lo que los productos etiquetados según la normativa anterior deberán ser reetiquetados.

eQgest dispone de una base de datos de más de 9.000 sustancias y denominaciones INCI (Nomenclatura Internacional de Ingredientes Cosméticos) y de un sistema de clasificación de sustancias y mezclas. Junto a ello, eQgest también proporciona una serie de servicios en su interfaz:

  • Emisión de Fichas de Datos de Seguridad.
  • Módulo de diseño de etiquetado.
  • Emisión de cartas de portes ADR.
  • Notificación de fichas toxicológicas al INTCF (Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses), en cumplimiento del artículo 45 del CLP.
  • Difusión automática MSDS (Fichas de Seguridad) a sus usuarios vía e-mail.
  • Certificados de IFRA (Asociación Internacional de Fragancias) y alérgenos.

Toda esta documentación puede ser emitida en los 30 idiomas disponibles y eQgest, además de ser una plataforma multiempresa, tiene una interfaz para usuarios disponible en distintos idiomas.