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Actualización de la normativa CLP 2022

Nueva Modificación de la normativa CLP (ATP 18). Publicado el Reglamento Delegado (UE) 2022/692.

El 3 de mayo de 2022 se ha publicado la 18ª adaptación al progreso técnico y científico del Reglamento (CE) nº 1272/2008Esto ha supuesto una nueva modificación de la normativa CLP, con implicaciones sobre la tabla que contiene la lista de clasificación y etiquetado armonizados de sustancias peligrosas.

Esta actualización de la CLP, afecta a todos los productos de uso industrial, profesional y consumidor, y puede suponer la obligación para los fabricantes de reformular muchos de sus productos.

A continuación, te contamos en profundidad los cambios que implica la publicación de este reglamento, cómo te puede afectar, cuándo entrará en vigor y cómo actuaremos en eQgest a este respecto.

Modificación de la normativa CLP: ¿Qué dice el Reglamento Delegado (UE) 2022/692?

Se han presentado a la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) propuestas de introducción de la clasificación y el etiquetado armonizados de determinadas sustancias, así como, propuestas de actualización o supresión de la clasificación y el etiquetado armonizados de otras sustancias, de conformidad con el artículo 37 del Reglamento (CE) nº 1272/2008.

El Comité de Evaluación del Riesgo de la Agencia (CER) ha adoptado dictámenes sobre estas propuestas, tras haber tenido en cuenta las observaciones recibidas de las partes interesadas.

En consecuencia, la Comisión considera apropiado introducir, actualizar o suprimir la clasificación y el etiquetado armonizados de determinadas sustancias. 

Se modifica la tabla 3 de la parte 3 del anexo VI del Reglamento (CE) nº1272/2008 (tabla que contiene la lista de clasificación y etiquetado armonizados de sustancias peligrosas con arreglo a los criterios expuestos en las partes 2 a 5 del anexo I de dicho Reglamento) de la siguiente forma:

a)  Se añaden 39 entradas correspondientes a los números de índice: 014-052-00-7; 035-005-00-7; 050-032-00-4; 050-033-00-X; 052-001-00-0; 052-002-00-6; 056-005-00-3; 601-097-00-8; 603-243-00-6; 604-096-00-0; 604-097-00-6; 604-098-00-1; 606-153-00-5; 606-154-00-0; 607-756-00-6; 607-757-00-1;  607-758-00-7;  607-759-00-2; 607-760-00-8; 607-761-00-3; 607-762-00-9; 607-763-00-4; 607-764-00-X; 607-765-00-5; 613-341-00-0; 613-342-00-6; 613-343-00-1; 613-344-00-7; 613-345-00-2 ; 615-046-00-2 ; 615-047-00-8 ; 615-048-00-3; 615-049-00-9; 615-050-00-4; 616-237-00-3; 616-238-00-9; 616-239-00-4;  616-240-00-X; 650-058-00-1.

b)  Se modifican 20 entradas: las entradas correspondientes a los números de índice 014-001-00-9; 023-001-00-8; 601-024-00-X; 603-014-00-0; 603-107-00-6; 604-030-00-0; 607-111-00-9; 607-230-00-6; 607-253-00-1; 607-254-00-7; 607-734-00-6; 607-253-00-1; 607-254-00-7; 607-734-00-6; 607-735-00-1; 607-736-00-7; 608-032-00-2; 609-042-00-X; 613-012-00-1 y 616-164-00-7 se sustituyen por las entradas citadas en el ATP. 

c)  Se suprime la entrada correspondiente al número de índice 615-007-00-X.

¿En qué te afecta la actualización de la CLP?

Los proveedores de sustancias y mezclas de todos los sectores tendrán que considerar las nuevas clasificaciones impuestas por la ATP 18 y adaptar sus etiquetados, sus fichas de datos de seguridad o incluso sus fórmulas a las nuevas clasificaciones. 

Cabe destacar que se armoniza la clasificación como Carcinogénicos, Mutagénicos o tóxicos para la Reproducción (CMR) de categoría 1 de 25 entradas: 17 nuevas y 8 modificadas. Recordamos que de manera general, está prohibido utilizar sustancias CMR’s de categoría 1 en productos cosméticos, (artículo 15 del Reglamento (CE) 1223/2009 sobre productos cosméticos). 

También está prohibido comercializar productos al público en general con concentraciones en  sustancias CMR’s superiores al límite específico o genérico de concentración estipulado en el CLP, (entradas 28 a 30 del Reglamento (CE) 19072006 (REACH)). Por este motivo, la ATP 18 puede afectar especialmente a la composición de los productos destinados al público en general y suponer para sus fabricantes, la necesidad de reformularlos. 

¿Cuándo entrará en vigor el reglamento?

En cuanto al cumplimiento de las clasificaciones armonizadas nuevas, o actualizadas, no debe exigirse inmediatamente ya que, es necesario un plazo determinado para que los proveedores puedan adaptar a esas clasificaciones nuevas o actualizadas el etiquetado y envasado de sustancias y mezclas, y puedan vender sus existencias actuales con sujeción a los requisitos reglamentarios preexistentes. Ese plazo también es necesario para que los proveedores dispongan de tiempo suficiente a fin de adoptar las medidas necesarias para seguir cumpliendo otros requisitos legales tras las modificaciones efectuadas en virtud del presente Reglamento. 

El presente Reglamento entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea y será aplicable a partir del 1 de diciembre de 2023 (fecha establecida en la Corrección de errores del Reglamento Delegado (UE) 2022/692 de la Comisión, de 16 de febrero de 2022, que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) n. o 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas)

 

Este Reglamento será obligatorio en todos sus elementos y directamente aplicable en cada Estado miembro.

¿Cómo nos adaptamos en eQgest a esta modificación de la normativa CLP?

En eQgest  incluiremos los cambios planteados en la ATP 18 en actualizaciones cercanas a la fecha de aplicación para cumplir con dicho reglamento. En el siguiente link podrás consultar el REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2022/692 DE LA COMISIÓN de 16 de febrero de 2022 que modifica, a efectos de su adaptación al progreso técnico y científico, el Reglamento (CE) nº 1272/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas. 

Esperamos que este contenido te sea de utilidad, en nuestro blog, siempre encontrarás toda la información actualizada sobre actualizaciones en las normativas de regulación de sustancias químicas. 

De todas formas, si tienes más dudas sobre la nueva modificación de la normativa CLP o alguna otra cuestión, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

cambios legislativos eqgest

Entrada en vigor de la armonización europea para notificar a centros antiveneno o Poison Centre

En mayo de 2018, la Agencia Europea de Sustancias Químicas (ECHA) puso en marcha un proyecto piloto para la evaluación del formato para la notificación por parte de la industria de sus mezclas peligrosas para la salud y peligros físicos a los centros antiveneno. Un proyecto en el que eQgest participó.

Su objetivo es la creación de un formato que recoja toda la información necesaria y que sea realmente operativa desde el punto de vista de las IT y de las necesidades de las industrias.

Dicho formato será el aplicable en el cumplimiento del Reglamento (UE) 2017/542 de la Comisión de 22 de marzo de 2017. Este reglamento añade un anexo VIII al Reglamento CLP (Reglamento (CE) nº 1272/2008) a través del cual se pretende regular y armonizar en la UE las obligaciones de notificación que importadores y usuarios intermedios comercializadores de mezclas tienen según lo establecido en el artículo 45 del CLP.

Qué dice el artículo 45

El artículo 45 del Reglamento CLP obliga a los importadores y usuarios intermedios que comercialicen mezclas, clasificadas como peligrosas debido a sus efectos sobre la salud humana o a sus efectos físicos, a notificar a organismos responsables (designados por cada país miembro) de recibir información para respuesta sanitaria en caso de urgencia. En su apartado 4, establece armonizar la información y el formato de la notificación.

Futura armonización del sistema en Europa

Se espera que con la entrada en vigor de este Reglamento de armonización, haya una mejor protección en la salud de los ciudadanos y un ahorro a los productores e importadores de mezclas químicas.

Los importadores y los usuarios intermedios que comercialicen con mezclas peligrosas serán los responsables de presentar la información requerida en los Estados miembros en los que la mezcla se comercialice. Se hará una distinción entre las mezclas para uso del consumidor, uso profesional y uso industrial, tal y como se ha comentado en párrafos anteriores.

En el nuevo reglamento que armoniza la información y el formato de presentación  que se debe enviar a los centros toxicológicos europeos incluye los siguientes elementos principales:

  • Un formato estándar para la presentación de información a los organismos designados. Se trata de un formato común de la UE que reemplazará gradualmente a los actuales requisitos de información nacionales.
  • Información a suministrar en lo que se refiere a la composición química de las mezclas peligrosas, la identidad y los rangos de concentración de componentes y clases y categorías de peligro de los productos.
  • Un identificador único de fórmula (UFI). El UFI es un código de número único ligado a una mezcla peligrosa particular. Éste, deberá ir en la etiqueta o en el envase de la mezcla, permitiendo así, una identificación precisa y rápida de la formulación química específica del producto. Para crearlo, existe un generador UFI, una herramienta en línea que crea y valida códigos UFI. Permite la generación de UFIs de forma masiva o particular. También se han creado manuales para que los departamentos IT de las empresas pueden generar internamente sus UFI.

Muy importante tener en cuenta que la notificación de productos deberá hacerse en los siguientes plazos según el tipo de usuario:

  • Enero 1 de 2021 (consumidores público general)
  • Enero 1 de 2021 (uso profesional)
  • Enero 1 de 2024 (uso industrial)

Ya se ha creado una web donde se informa sobre esta armonización, puedes verla en el siguiente enlace.

Formato de Notificación en Centros Antiveneno o Poison Centres

Este formato armonizado define los requisitos de datos y la estructura para la presentación de información a los centros nacionales en un formato XML. Se ha desarrollado para el beneficio de los centros antiveneno y las empresas, y puede ser particularmente útil para las organizaciones que se ocupan de un gran número de formulaciones.

Notificación en España. Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses (INTCF).

El procedimiento de notificación en España está regulado por la Orden JUS/836/2013 (y posteriormente modificada por la Orden JUS/909/2017) y las tasas por la Ley 10/2012 (la notificación de productos al INTCF conlleva el pago de tasas).

La notificación al INTCF debe realizarse mediante su plataforma SRE (Sistema de relación de Empresas) desde Internet, los métodos que se usaban antes (postal o plataforma FTP) dejaron de estar operativos en 2015 y no son aceptados por el INTCF como válidos.

Deben darse de alta en el Sistema de Relación de Empresas (SRE) todas las empresas que deban notificar sus productos al INTCF aunque posean empresas asociadas, gestoras, consultoras, etc., que se encarguen de notificar en su nombre. Éstas últimas podrán seguir realizando esta acción una vez que se les proporcione un usuario en el SRE por parte de la empresa obligada a notificar (con esto se les autoriza a trabajar en su nombre).

Darse de alta en el SRE para la notificación

Para darse de alta es necesario rellenar un formulario con los datos de la empresa y datos de usuario, un dato importante es el CIF que se utilizará para posteriores validaciones (de la empresa y de ficheros). Puedes darte de alta en el siguiente enlace.

El usuario que se dé de alta en el sistema podrá:

  • Incluir/Eliminar usuarios autorizados.
  • Modificar datos básicos de la empresa.
  • Incluir Acreditación PYME si aplica.
  • Dar de Baja Empresa si lo ve necesario.
  • Trabajar normalmente en el Sistema al igual que un usuario autorizado/normal:

– Visualizar datos básicos de la empresa.

– Realizar envíos en nombre de la empresa.

– Visualizar avisos recibidos.

Dado de alta en el SRE y con la cuenta de empresa activada, es momento de iniciar el proceso.

Notificar el uso de mezclas y sustancias peligrosas a los centros antiveneno o Poison Centres

Para la notificación de productos es necesario lo siguiente:

  • Archivo xml con la información y estructura solicitada por el INTCF (ficha toxicológica).
  • Otros archivos como la etiqueta y FDS.
  • Listado de productos que se notifican.
  • Archivos adicionales, en algunos productos es necesario como por ejemplo la lista de ingredientes detergentes).

La generación de las fichas toxicológicas (archivos xml) puede realizarse con el aplicativo suministrado por el INTCF o con cualquier otro, siempre que se respete la estructura de campos que exige el INTCF y los datos obligatorios.

Una de las partes más importantes de la ficha toxicológica, son las listas de ingredientes que vamos a ver a continuación.

Lista de ingredientes o composición del producto que debe ser notificada

Es la lista que forma parte de la ficha toxicológica donde se informa de la composición del producto, se debe tener clara la información de sustancias o materias primas que se utilizan en nuestros productos.

Los ingredientes se diferencian en los siguientes tipos:

  • Peligrosidad 1, sustancia que, de conformidad con las normas de clasificación del Reglamento CLP, se incluye en al menos una de las siguientes categorías de peligro:

– Toxicidad aguda (oral, dérmica, por inhalación) categoría 1, 2 o 3.

STOT– por exposición única, categoría 1 y 2.

STOT– exposición repetida, categoría 1 y 2.

Corrosión cutánea, categoría 1A, 1B y 1C.

Lesión ocular grave categoría 1.

  • Peligrosidad 2, sustancia que, estando clasificada de conformidad con las normas de clasificación del Reglamento CLP, no se incluye en ninguna de las categorías de peligro descritas en el apartado anterior.
  • No Clasificado, sustancia que, no resulta clasificada como peligrosa de conformidad con las normas de clasificación del Reglamento CLP.
  • Mezcla, de esta forma se referencia a otra mezcla que haya sido previamente notificada al INTCF y de la que el proveedor le haya proporcionado el número de referencia que el INTCF le ha adjudicado a ese nombre comercial (Nº DRP).
  • SU3-Telf. 24h, referenciando a un ingrediente de uso industrial. Si la mezcla se destina para su uso exclusivo industrial (SU3), en ningún caso esté disponible directamente para su uso profesional o consumidor.

Notificación en otros países de la UE

Actualmente, hasta la completa entrada en vigor de la armonización, la notificación en la UE es necesario hacerla en cada país donde se comercializa el producto. Imprescindible recordar que cada país tiene su sistema y sus criterios.

La propuesta de Reglamento Europeo sobre fertilizantes propone un marcado CE y ofrece más seguridad jurídica a los productores

El nuevo marco jurídico busca dar un espaldarazo al libre mercado en el que la responsabilidad sobre la calidad y efectividad de los fertilizantes cae directamente sobre el fabricante. Además, la carga burocrática también se reduciría ya que se propone acortar los plazos para las homologaciones y evitar la duplicidad a la hora de relacionarse con la administración.

Las empresas que deseen fabricar productos fertilizantes deberán adaptar sus procesos para cumplir escrupulosamente con la legislación una vez que esta entre en vigor, tanto en términos de estabilidad del producto como de eliminación de patógenos. No son muchas las empresas que conozcan los criterios y requisitos de calidad que debe cumplir el producto como fertilizante.

Marcado CE
La propuesta nace de los resultados de un estudio de 2010 sobre el Reglamento entonces vigente (2003/2003) relativo a abonos. Dicho estudio concluyó que tanto las diferentes enmiendas, como los apartados referentes a fertilizantes orgánicos, presentaban importantes carencias que afectaban especialmente a países como: España, Portugal, Italia o Grecia. Estos tienen su propia legislación nacional que incluye abonos líquidos de menor concentración de nutrientes, productos orgánicos y otros productos especiales como aminoácidos o microorganismos. Podemos considerar como el punto fuerte del nuevo texto es el marcado CE. A partir de ahora el fabricante deberá indicar que el producto fertilizante se ha fabricado conforme a los requisitos aplicables establecidos en la legislación de armonización de la UE.

Seguridad Jurídica
Se consideró que la anterior legislación presentaba importantes trabas a la innovación en el sector. Por el contrario, esta nueva propuesta ofrece un marco legislativo que permite el desarrollo y descubrimiento de nuevos productos como los bioestimulantes microbianos. Sin embargo, el punto más importante es que facilita un marco de seguridad jurídica para que los productores inviertan a largo plazo. No obstante, la nueva legislación obliga a que sean capaces de demostrar la eficacia de dichos productos además de cumplir requisitos específicos de seguridad y de calidad.

Con este marco legislativo se busca potenciar la economía circular e incentivar el uso de nutrientes reciclados, reduciendo al mismo tiempo la dependencia de la UE de producto importado. El nuevo Reglamento propuesto busca generar más oportunidades para que productores y empresas aprovechen el potencial para utilizar mejor los nutrientes procedentes del estiércol animal. Este punto cobra especial relevancia a la hora de atajar el problema con los residuos procedentes de granjas, que existe en Europa. Un año después de su fecha de entrada en vigor, se obliga a determinar un punto final para dejar de ser residuo y convertirse en un fertilizante. Es decir, fija de manera clara e inequívoca el final de cada material componente en una cadena de fabricación que contenga subproductos animales.

El reglamento trae más novedades destacables:

• Límites contaminantes al Cadmio: Para adaptarse al nuevo reglamento es necesario reducir de 60 a 40 mg/kg durante los primeros seis años, y 20 mg/kg los siguientes 16.
• Enumera qué elementos pueden usarse como aditivos agronómicos.
• Establece la compatibilidad con el Reglamento (CE) nº 1907/2006 REACH.
• Los fabricantes deberán realizar pruebas aleatorias a los fertilizantes puestos en el mercado: Además, estarán obligados a conservar la documentación técnica y la declaración de conformidad durante los cinco años posteriores de la comercialización del fertilizante en cuestión.
• Establece qué sustancias y mezclas pueden incluirse como aditivos agronómicos: Para mejorar la liberación de nutrientes en los distintos tipos de abono.
• Define el uso de los productos bioestimulantes: Para mejorar la eficiencia en el uso de nutrientes, su tolerancia al estrés abiótico o sus propiedades de calidad para el cultivo, modificando en consecuencia el Reglamento (CE) nº1107/2009 sobre productos fitosanitarios.

Sinergis (www.sinergis.es), consultora especializada en el sector de fertilizantes y derivados y eQgest (www.eqgest.com), proveedora de la única solución software adaptada a las especificaciones normativas del sector, organizarán varios cursos sobre el tema impartidos: el próximo 18 de abril en las instalaciones de QUIMACOVA (www.quimacova.org) en Valencia, el 17 de mayo y patrocinado por InfoAgro (www.infoagro.com) en Almería, y el 6 de Junio en la Cámara de Comercio de Lleida.

Balance de nuestro paso por EXPOQUIMIA 2017

Como ya os hemos ido informando a lo largo de estos meses, del 2 al 6 de octubre estuvimos en EXPOQUIMIA, el Encuentro Internacional de la Química. Para el sector químico industrial es uno de los eventos más importantes, ya que en él se dan cita multitud de empresas, profesionales y agentes de todo el mundo que participan activamente en el sector.

Y es que nos encontramos en una época de auge, según datos publicados por la Federación Empresarial de la Industria Química Española (Feique): este 2017, la industria química española ha vuelto a batir récords, con un crecimiento acumulado del 18,7% en estos últimos 10 años. Que la industria química crezca es una noticia que desde eQgest celebramos. Muestra de ellos somos los 700 expositores que nos hemos reunido en EXPOQUIMIA. Este incremento progresivo es una buena prueba de que el sector vive una etapa efervescente. Nuestra presencia en la feria desde la edición de 1999 también es indicativo de la consolidación de eQgest en el mercado.

En el marco de la feria hemos presentado varias novedades con las que pretendemos seguir incidiendo en nuestro cometido: proporcionar herramientas para cumplir con la legislación. Y, para ello, es prioritario estar cerca de las pymes y grandes empresas del sector químico. Contamos con 20 años de experiencia en el desarrollo de software que destaca por su fiabilidad, eficiencia y facilidad de uso, mediante el cual se asegura un cumplimiento riguroso de las normativas vigentes, en materia de seguridad de producto. En el encuentro también hemos hecho hincapié en nuestros servicios complementarios, el programa de formación continua y el acompañamiento a nuestros clientes para optimizar todas las etapas de gestión, un valor añadido indiscutible a nuestro producto. Dentro de las novedades, se han presentado las actualizaciones que hemos llevado a cabo en el software eQgest. Como ya informamos, EXPOQUIMIA iba a ser y ha sido el pistoletazo de salida de Dwit, una aplicación que va a causar la revolución en la creación y gestión de fichas de producto. Pues bien, lo que hemos comprobado es que ha sido uno de los temas que más curiosidad ha suscitado y por el que más nos ha preguntado el público asistente a la feria. También hemos tenido muchas consultas respecto a los temas normativos más actuales -y sobre los que precisamente más estamos informando desde eQgest-, como la situación de la comunicación a los centros antiveneno, los Escenarios de Exposición o la adaptación al GHS en otros países, importantísimo para las exportaciones en un contexto de globalización.

Ocasiones como EXPOQUIMIA nos ayudan a reforzar esa prioridad a la que hacíamos mención, es decir, estrechar el contacto con nuestros clientes, conocer sus inquietudes y, por supuesto, recoger propuestas y críticas que nos ayudan a superarnos día a día, ofreciendo un producto que responda a las necesidades reales. Tal y como hemos podido constatar en redes sociales y por otras vías de contacto, lo que más destacan las personas que se acercan a nuestro stand es la oportunidad de recibir información de tú a tú, aclarar dudas, poder hablar distendidamente y conocer a fondo nuestros proyectos.

CIMKEY presentará sus últimas novedades en Expoquimia 2017

Del 2 al 6 de octubre tendrá lugar EXPOQUIMIA, el Encuentro Internacional de la Química, en la Fira de Barcelona. En esta 18ª edición, CIMKEY, compañía consultora y desarrolladora de soluciones tecnológicas para el sector industrial -y, dentro de éste, el químico- aprovechará la ocasión para presentar el nuevo producto de fichas técnicas, una imagen corporativa renovada y las novedades de su aplicación estrella, eQgest, software diseñado para la gestión y el cumplimiento de las normativas de seguridad de productos químicos.

Cimkey se consolida como empresa innovadora en la aplicación de las tecnologías de la información para mejorar la competitividad del negocio. Con el objetivo de reforzar su posición en el mercado y solidificar el liderazgo, la compañía dará a conocer las novedades previstas para esta nueva etapa en el marco de EXPOQUIMIA. En primer lugar, se presentará la nueva imagen corporativa que implica cambios en distintos elementos de comunicación de la marca, como la web, el logotipo y la presentación corporativa. Cimkey estará presente en la feria por tercera vez, esta ocasión, con un stand de mayor superficie y elaborado con materiales de alta calidad. Para Cimkey, la inversión en una feria del calibre de EXPOQUIMIA significa una apuesta por construir y consolidar la marca a nivel nacional e internacional. Otra de las novedades que conoceremos en la feria es el nuevo producto tecnológico de Cimkey para la confección de fichas técnicas, con nombre propio y una imagen gráfica diferencial. El producto será lanzado al mercado en los próximos meses y el principal objetivo es facilitar la elaboración de las fichas, mediante un procedimiento estandarizado y un entorno intuitivo. Como en las anteriores ediciones, Cimkey también presentará las novedades de eQgest y de soluciones de ERP y business intelligence.

EXPOQUIMIA 2014 reunió 734 expositores, 37.846 visitantes, más de 3.000 productos expuestos y 2.359 marcas representadas, 164 actividades paralelas (entre congresos, seminarios, jornadas y presentaciones) seguidas por unos 2.000 participantes, lo cual demuestra la magnitud del evento y la repercusión que tiene dentro del sector y, en concreto para empresas participantes. Según José Olmo, creador del software eQgest para Cimkey, “el primer evento importante donde se presentó eQgest fue en Expoquimia’99; desde entonces, esta feria continua siendo un referente mundial para el sector y, sin duda, para Cimkey, ya que se trata de una de las principales plataformas en las que dar a conocer nuestras novedades y relacionarnos con nuestros clientes”. Este encuentro entre la ciencia y la industria se celebra cada 3 años desde 1965; en medio siglo se ha consolidado como uno de los eventos internacionales más importantes del sur del Mediterráneo. Una novedad a destacar esta 18ª edición es que el Encuentro de la Química Aplicada del Mediterráneo, formado por EXPOQUIMIA más Eurosurfas (el Salón Internacional de la Pintura y el Tratamiento de Superficies) y Equiplast (el Salón Internacional del Plástico y el Caucho) se convierte en el World Chemical Summit. De este modo, Barcelona se consolida como la capital de la industria más avanzada. Muestra de ello es que los citados salones, junto al In(3D)ustry From Needs to Solutions, el IoT Solutions World Congress y el World Congress of Chemical Engineering, tendrán lugar simultáneamente dentro de la Barcelona Industry Week.

Las empresas del sector químico deben cumplir unas normativas de seguridad muy estrictas, por el riesgo que conllevan los productos peligrosos que manejan. Este tipo de negocios necesitan un sistema de información especializado y potente. Desde 1994, Cimkey desarrolla soluciones tecnológicas adaptadas a las necesidades de la industria, con aplicación a todas las áreas de gestión de empresas industriales y de distribución, que quieren mejorar su organización y optimizar los recursos y procesos de gestión. El software eQgest fue desarrollado por Cimkey hace 20 años, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de la normativa vigente a pequeñas empresas, pymes y grandes corporaciones del sector industrial químico. eQgest destaca por su eficiencia, fiabilidad, usabilidad, rigor y rapidez.