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    En Abril de 2015, por medio de la Resolución SRT N°801/2015, el SGA fue declarado de carácter obligatorio para los Empleadores en Argentina y su aplicación, sólo está destinada para el ámbito del laboral.
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Adopción del modelo SGA en Argentina
En Abril de 2015, por medio de la Resolución SRT N°801/2015, el SGA fue declarado de carácter obligatorio para los Empleadores en Argentina y su aplicación, sólo está destinada para el ámbito del laboral.

La Superintendencia de Riesgos del Trabajo, es la autoridad competente para llevar adelante la implementación. Esta Resolución se basa en lo estipulado en el “Libro Púrpura”. Dicha Resolución establece responsabilidades tanto para los Empleadores y Empleadores Autoasegurados, como para las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo.

A través de la Resolución SRT N° 3359/2015 el plazo para la entrada en vigencia para la implementación del SGA que originalmente se estipulaba para el 15 de octubre de 2015, se ha extendido y desdoblado en dos, a saber: 15 de abril de 2016 para las sustancias y 01 de enero de 2017 para las mezclas.

Posteriormente, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) emitió la Resolución SRT Nº 155/2016 por medio de la cual se extienden parcialmente los plazos para la entrada en vigencia del Sistema Globalmente Armonizado de clasificación y etiquetado de productos químicos (de la resolución Nº 801/15).

En dicha Resolución publicada en el Boletín Oficial se estableció que para sustancias y mezclas no listadas en las resoluciones de la SRT N° 310/03 (Sustancias y Agentes Cancerígenos), N° 497/03 (Bifenilos Policlorados) y los productos no mencionados en la resolución SRT N° 743/03 (Accidentes Industriales Mayores) la implementación del SGA/GHS en el ámbito del trabajo entró en vigencia el día 1 de enero de 2017 para las sustancias y el día 01 de junio de 2017 para las mezclas.

El ámbito de aplicación es el de los establecimientos en los que se aplica la cobertura establecida por la ley 24.557 y sus normas complementarias.

Las Disposiciones conjuntas 3/2017 y 6/2017 de la Gerencia Técnica y la Gerencia de Prevención de la SRT establecen que ambas áreas se pondrán a disposición Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SeNaSa) para complementar el etiquetado de productos fitosanitarios y fertilizantes con las normas comprendidas en el SGA/GHS.

¿A qué se denomina “establecimiento”?

Es la “unidad técnica o de ejecución, donde se realicen tareas de cualquier índole o naturaleza con la presencia de personas físicas”. (Artículo 4, Capítulo 1, Título I del Decreto 351/79).

Introducción y Antecedentes
La Ley Nacional N° 19.587 sobre Higiene y Seguridad en el Trabajo sancionada en el año 1972, en su artículo 7, inciso f, ya hablaba de la “Identificación y el rotulado de sustancias nocivas y señalamiento de lugares peligrosos y singularmente peligrosos” y en su artículo 9, inciso j, menciona “Colocar y mantener en lugares visibles, avisos o carteles que indiquen medidas de higiene y seguridad o adviertan peligrosidad en las máquinas e instalaciones”; haciendo referencia a una manera adecuada de identificación y señalización en el lugar de trabajo para prevenir accidentes laborales y enfermedades profesionales.

Las Empresas fueron identificando, señalizando y rotulando los peligros de los productos químicos utilizados en los ambientes de trabajo. Para ello recurrieron a la información suministrada por sus casas matrices o a la información adjunta en el embalaje o envase del producto químico proporcionado por el proveedor.

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