¿Qué son las Fichas de Datos de Seguridad (SDS)?

Las fichas de datos de seguridad SDS (Safety data Sheet) son el medio para transmitir a los usuarios de sustancias y mezclas químicas las propiedades peligrosas de estos productos y las medidas que se deben implantar para que los riesgos derivados del empleo de las mismas estén controlados.

Las fichas de seguridad, contienen las instrucciones detalladas para utilizar la sustancia. El objetivo principal es conseguir un uso seguro. También incluyen información sobre el producto: datos físico-químicos, toxicidad, efectos sobre la salud, primeros auxilios, reactividad química, almacenamiento, disposición y protección necesarias, y todos los protocolos de seguridad para utilizar los productos peligrosos.

También incluyen, además de los riesgos sobre la salud humana, los medioambientales.

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Normativa que regula la creación, gestión y difusión de las SDS

¿De qué se componen las Fichas de Datos de Seguridad?

Contenido, estructura y función de las SDS

a. Proporcionar datos que permitan identificar el producto y al fabricante o suministrador, así como un número de teléfono donde efectuar consultas de emergencia.

b. Informar sobre los riesgos y peligros del producto respecto a:

– Riesgos físicos.

– Estabilidad y reactividad.

– Toxicidad.

– Posibles lesiones por inhalación, ingestión o contacto dérmico.

– Primeros auxilios.

– Ecotoxicidad.

c. Formar al usuario del producto sobre:

– Comportamiento y características.

– Correcta utilización (manipulación, almacenamiento, eliminación, etc.).

– Controles de exposición.

– Medios de protección (individual o colectiva) a utilizar en el caso de que el control no fuera del todo eficaz o en caso de emergencia.

– Actuaciones a realizar en caso de accidente: extintores adecuados contra incendio, control y neutralización de derrames, etc.


También puedes visitar nuestra página sobre la Normativa REACH para ver las últimas actualizaciones de las normativas que regulan la creación y gestión de tus fichas.

¿QUÉ ES EL REGLAMENTO UE 220/878?

En el anexo II del REACH se establecen los requisitos para la elaboración de las fichas de datos de seguridad. Este anexo ha sido modificado por los Reglamentos UE 453/2010, 2015/830 y 2020/878. Este último se publicó el pasado 26 de junio de 2020 y es de obligado cumplimiento desde el 1 de enero de 2023.