Orden JUS

Por fin se ha publicado la esperada orden JUS que debe concretar la aplicación en España del anexo VIII del CLP, relativo a la comunicación a los centros de atención toxicológica de las mezclas con peligros físicos o para la salud.  

Queda claro que el INTCF se acoge ya de forma efectiva al sistema de notificación a través del portal de la ECHA, el cual será ya el único medio de comunicación para productos destinados a uso de consumidor o profesional. Los productos de uso industrial podrán continuar notificándose, voluntariamente, por el SRE del INTCF.

La Orden deroga la anterior Orden JUS/909/2017, por tanto quedan eliminadas las tasas para las notificaciones al INTCF cuando se realicen a través del portal de la ECHA, continuarán siendo de aplicación para las citadas notificaciones voluntarias a través del SRE de productos de uso industrial.

A pesar de que el anexo VIII no recoge la de baja de productos, esta orden JUS establece que: ”En el momento del cese de la comercialización de la mezcla debe notificarse directamente al INTCF por medio de un documento, firmado electrónicamente, en el que se incluya el nombre y el UFI de la mezcla”.

Algo que, sin ser nuevo, recoge la Orden, y creemos relevante mencionar, es que el uso del teléfono del instituto en etiquetas o fichas de datos de seguridad exige la notificación al INTCF aun cuando el producto no cumpla los criterios para estar obligado a ello.

En relación a la confirmación de recepción de la notificación, la Orden indica lo siguiente:“…Una vez registrada la información de la notificación, en su base de datos, el INTCF enviará, en un plazo no superior a tres meses, una justificación de acuse de recibo de la información recibida al remitente. Notificado este justificante se considerará cumplida la obligación legal de comunicación…”

* En el siguiente enlace puedes encontrar el texto íntegro de la Orden. 

Módulo PCN Format

Contrata el módulo PCN Format de eQgest, crea en pocos minutos los dossiers y el propio módulo se encarga de entregarlos automáticamente al portal de la ECHA!. La forma más rápida y sencilla de cumplir con la nueva normativa armonizada.

¿Quieres saber un poco más? Contacta con nosotros sin compromiso y resolveremos todas tus dudas.