Reglamento Delegado (UE) 2023/707: nuevas clases de peligro en el CLP

2026-04-23
Sonia de Paz Cantos Sonia de Paz Cantos
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El viernes 31 de marzo se publicó en el Diario Oficial el Reglamento Delegado (UE) 2023/707 de la Comisión, de 19 de diciembre de 2022, por el que se modifica el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 en lo relativo a las clases de peligro y a los criterios para la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas.

Uno de los principales objetivos de los reglamentos de la Unión Europea es garantizar un elevado nivel de protección de la salud humana y del medio ambiente.

Para ello, se exige a las empresas que comercializan sustancias y mezclas químicas en Europa realizar estudios para comprobar el impacto de sus productos a lo largo de sus ciclos de vida en los seres vivos.

La normativa CLP tiene como objetivo garantizar la comunicación de los peligros que presentan las sustancias químicas mediante la armonización de los criterios para la clasificación de sustancias y mezclas, así como las normas de etiquetado y envasado para sustancias y mezclas peligrosas.

Las sustancias persistentes, bioacumulables y tóxicas; muy persistentes y muy bioacumulables y/o alteradores endocrinos han impulsado una nueva modificación del CLP.

A continuación, te contamos todo sobre las nuevas clases de peligro y qué establece el Reglamento Delegado (UE) 2023/707.

Nuevas clases de peligro del Reglamento Delegado (UE) 2023/707

El Reglamento Delegado (UE) 2023/707 introduce la mayor ampliación del CLP desde su creación, incorporando nuevas clases de peligro destinadas a mejorar la protección de la salud humana y del medio ambiente.

Esta actualización forma parte del Pacto Verde Europeo y de la Estrategia de Sostenibilidad para las Sustancias Químicas, cuyo objetivo es avanzar hacia un entorno “libre de sustancias tóxicas”.

El cambio más destacado es la introducción de nuevas clases de peligro, especialmente:

  • Alteradores endocrinos (para la salud humana y para el medio ambiente)

  • Sustancias PBT y mPmB (persistentes, bioacumulables y tóxicas / muy persistentes y muy bioacumulables)

  • Sustancias PMT y mPmM (persistentes, móviles y tóxicas / muy persistentes y muy móviles)

Estas nuevas clases permiten identificar y comunicar peligros que hasta ahora no estaban cubiertos por el CLP, pese a su relevancia científica y regulatoria.

¿Qué cambia exactamente en el Reglamento Delegado (UE) 2023/707?

1. Nuevas clases de peligro para alteradores endocrinos

Se crean dos categorías:

  • Categoría 1: sustancias de las que se sabe o se supone que son alteradores endocrinos.

  • Categoría 2: sustancias sospechosas de ser alteradores endocrinos.

2. Nuevas clases para PBT/mPmB y PMT/mPmM

Aunque ya existían criterios bajo REACH, ahora se incorporan al CLP como clases de peligro con requisitos de etiquetado.

Estas sustancias son especialmente preocupantes porque:

  • Persisten en el medio ambiente

  • Se acumulan en organismos vivos

  • Se desplazan a larga distancia

  • Son difíciles o imposibles de eliminar del ciclo del agua

Fechas importantes del Reglamento Delegado (UE) 2023/707

Entrada en vigor

20 días después de su publicación → Publicado el 31 de marzo de 2023, por tanto entra en vigor el 20 de abril de 2023.

Aplicación para sustancias

(Alteradores endocrinos – sección 3.11.2.4)

  • Obligatorio clasificar sustancias según los nuevos criterios a partir del 1 de mayo de 2025.

  • Sustancias ya comercializadas antes del 1 de mayo de 2025 → tienen plazo hasta el 1 de noviembre de 2026.

Aplicación para mezclas

(Alteradores endocrinos – sección 3.11.3.4)

  • Obligatorio clasificar mezclas según los nuevos criterios a partir del 1 de mayo de 2026.

  • Mezclas ya comercializadas antes del 1 de mayo de 2026 → tienen plazo hasta el 1 de mayo de 2028.

Las empresas deberán revisar sus clasificaciones, etiquetas y fichas de datos de seguridad para cumplir con los nuevos requisitos dentro de los plazos establecidos.

Aunque la obligación de clasificar mezclas según las nuevas clases de peligro no entra en vigor hasta mayo de 2026, nuestro programa ya integra, desde la primera fecha de aplicación en mayo de 2025 para sustancias, todos los criterios del Reglamento Delegado (UE) 2023/707 para mezclas.

Esto garantiza que las fichas de datos de seguridad y etiquetas estén totalmente alineadas con los requisitos más actuales del CLP.

Más información sobre el Reglamento Delegado (UE) 2023/707

Si quieres saber más sobre el Reglamento Delegado (UE) 2023/707, puedes consultar el documento oficial

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